La política electoral, si bien no debe desestimarse, no puede ubicarse en el centro de ninguna acción política radical seria, orientada a cambiar las instituciones que sustentan el sistema político, desmantelar las ideologías hegemónicas y fomentar el tipo de conciencia de masas en que habría de basarse un cambio social y político desesperadamente necesario.
Miguel Muñiz
Energía nuclear y retroceso democrático
Denunciar que el poder político es, hoy por hoy, una marioneta en manos de los poderes económicos no supone ninguna novedad (el episodio de la modificación del artículo 135 de la Constitución lo ilustra de sobras). Pero impresiona comprobarlo cuando se pasa de decisiones impuestas por Altos Organismos (como la Troika), descendiendo al nivel de detalle.
Los hechos en torno al alargamiento a 60 años del funcionamiento de los reactores atómicos, demuestran quién manda en España y cómo ejerce su poder. Evidencian, si hay voluntad de saber, que nada que sea importante se decide hoy en las instituciones que, en teoría, ostentan el poder de decisión político [1].
Un apunte ilustrativo: bastaron 11 días para que el ministro Alvaro Nadal pasase de declarar que los impuestos nucleares eran poco menos que intocables, a manifestar que los tales impuestos eran revisables [2]. Que dicho ministro sea del PP, el campeón en la defensa de los intereses de la industria atómica, aumenta la importancia de lo sucedido: demuestra de que la industria nuclear es implacable para imponer hasta el último matiz de su agenda política.
Ese cambio de opinión del ministro ha sido el último episodio de una serie que comienza en 2012, con el cierre unilateral de Garoña por ENEL-ENDESA e IBERDROLA. El guión en todos es idéntico: la industria manifiesta su voluntad de forma más o menos explícita, a ello sigue un coro de declaraciones de expertos, analistas, representantes de organismos como el CSN (Consejo de Seguridad Nuclear) y los políticos; tras “marear la perdiz” durante más o menos tiempo, al final se acaba haciendo lo que había dictado la voluntad de la industria [3].
Lo políticos pueden participar en todo este teatro redactando, debatiendo, presentando, discutiendo, e incluso aprobando una serie de documentos cuya influencia real es igual a cero: se trata de preguntas, mociones, declaraciones, resoluciones, proposiciones no de ley, etc.; documentos que no pasan de ser una manifestación de intenciones dentro de una legislatura, papeles que justifican su presencia en las instituciones, que se presentan como “control”, y que contienen mensajes para el sector de sus votantes más fieles o especializados; así consta que “se hace algo”. También pueden presentar enmiendas a leyes redactadas por el gobierno, aunque este recurso, mucho más complejo, queda anulado cuando este recurre al Decreto-Ley en asuntos importantes.
En este escenario, lo acontecido con la Proposición de Ley (PL) de Unidos Podemos (UP) para debatir un calendario de cierre nuclear merece un análisis propio. Si UP hubiese optado por presentar una Proposición No de Ley (PNL) se hubiese producido una escenificación de tantas sin mayores consecuencias, con mucho estira y afloja, mucha matización del contenido de la PNL y mucha justificación de los equilibrios del mismo. Pero al ser una PL, y por el momento elegido, llevó a que fuese directamente vetada por el gobierno del PP invocando diversos motivos que se reducen a uno: su ingerencia en la política presupuestaria del gobierno. Realizando una interpretación muy interesada del punto sexto del artículo 134 de la Constitución y, además, haciendo uso de los datos de una consultora privada como argumento de autoridad [4].
El veto del PP significaba evitar que la PL entrase ni tan sólo a debate (donde, lógicamente, podía ser rechazada), pero también significaba evitar a varios grupos del Congreso el trago desagradable de tener que hacer manifiesta su postura sobre el tema nuclear más allá de las declaraciones ambiguas y los silencios calculados de sus programas electorales [5] y, por supuesto, significaba mantener un discreto silencio en un momento delicado, en que la cuestión atómica sufre una inconveniente, aunque reducida, atención mediática a causa de los 60 años de funcionamiento.
Unidos Podemos presentó un Recurso de Reconsideración del veto a la Mesa del Congreso [6], el recurso fue admitido a trámite por la Junta de Portavoces, pero fue rechazado en votación simple (sin justificación escrita) por la Mesa, dada la mayoría de los representantes del PP y Ciudadanos en la misma.
El texto del Recurso de UP, además de desmontar de manera rigurosa las excusas presupuestarias del gobierno del PP para vetar la PL, entra en una cuestión de fondo. El punto octavo merece una reflexión:
Octavo. El gobierno no puede vetar sistemáticamente las iniciativas de los grupos parlamentarios de la oposición.
El artículo 66.2 de la Constitución reserva a las Cortes la potestad legislativa y el artículo 87 de la Constitución establece que corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado la iniciativa legislativa. Es evidente que mediante la tráctica sistemática (e infundada) del derecho de veto, el Gobierno impide la iniciativa legislativa de la Cámara para otorgársela a él mismo en exclusiva, lo que supone una clara vulneración de los preceptos constitucionales mencionados.
El Gobierno no puede ejercer esta facultad constitucional del artículo 134.6 de la Constitución de forma arbitraria y con la clara intencionalidad política de privar a los Grupos parlamentarios de promover iniciativas legislativas.
De aquí se deducen cosas que afectan al propio grupo de UP, al movimiento de resistencia a la industria nuclear en general, y al contexto de democracia en que se está produciendo el conflicto de los 60 años.
– Unidos Podemos debe decidir si recurre al Tribunal Constitucional (TC) en coherencia con lo expuesto en el punto octavo. Si lo hace, el trámite puede demorarse en el tiempo (dada la tendencia a la parsimonia selectiva del citado Tribunal), pero también puede poner en evidencia un punto clave (la anulación del poder legislativo) que hace de la vida política una permanente escenificación teatral bien retribuida.
Por otra parte, tampoco se puede descartar una indiferencia general ante el resultado, como se ha comprobado con el escaso resultado de la sentencia del TC en el asunto de la “amnistía fiscal” del gobierno del PP.
– El movimiento de resistencia organizada a la industria nuclear también puede deducir varias consecuencias del veto, consecuencias que le afectan en mayor o menor medida al margen de los acontecimientos que se recogen en la HEMEROTECA de junio:
La primera es una nueva prueba de la solidez del vínculo entre PP y Ciudadanos en el tema nuclear, lo que invalida la estrategia de presión social y negociación política que caracteriza a una parte del movimiento [7].
Debe también valorarse a la luz de la limitada respuesta social a la Manifestación en Madrid del pasado 10 de Junio, en relación con el trabajo de difusión y activismo previo. El 10J mostró las capacidades y limitaciones del movimiento ecologista para atraer a otros sectores sociales sin salir de las pautas que marcan su actividad. El veto supone un mensaje hacia los grupos políticos que han hecho de la ambigüedad en cuestiones nucleares una señal de identidad y, como consecuencia, de la valoración de lo que se pueda realizar desde el movimiento.
También es importante constatar (otra vez) los límites de la actividad puramente política, incluso de la que, como en este caso, intenta ir más allá de escenificaciones institucionales.
Lo que lleva a valorar su importancia sobre la estrategia de incidencia política directa de otra parte del movimiento. Aquí, lo sucedido con la PL de UP establece un nuevo margen de duda sobre una de dichas estrategias: la Iniciativa Legislativa Popular (ILP).
Al margen del posible rechazo de la ILP en la sesión del Congreso correspondiente (caso de conseguir las 500.000 firmas para presentarla), el veto muestra que la ILP puede ser bloqueada en la Mesa del Congreso antes de ser tramitada, usando los mismos argumentos aplicados a la PL de UP; con ello, el poder de generar debate social y trasladar el conflicto nuclear al conjunto de la sociedad que tiene una ILP, quedaría anulado.
Hay otros mecanismos de incidencia directa sobre los representantes políticos que no tienen que verse afectados por lo sucedido con la PL de UP, pero ese sería otro análisis.
– Finalmente, y aunque recordarlo suene a tópico, lo sucedido es un síntoma del retroceso en libertades democráticas que estamos viviendo a causa de la hegemonía ideológica neoliberal. El recurso a una interpretación amplia o restrictiva de la Constitución para vetar la función que debe ejercer el poder legislativo en un tema que afecta a la salud, la seguridad y el futuro del conjunto de la sociedad es una muestra de que las leyes y reglamentos (sin necesidad de proceder a grandes cambios) pueden usarse para proteger los intereses de los que mandan, y mantener dichos intereses lejos y fuera del debate democrático.
Cuando se cierra este artículo aún no se saben los resultados definitivos del sondeo del Grupo Impulsor de una ILP 2020 LIBRE DE NUCLEARES, pero tanto en el caso de que la respuesta aconseje promover una ILP, como en el caso de que sean insuficientes, resulta evidente que el trabajo de resistencia a los 60 años de funcionamiento nuclear continuará. Nos va demasiado en ello.
Notas:
[1] ver el artículo de CTXT “El dedo de Rajoy: razones para echarle” en http://ctxt.es/es/20170614/Politica/13261/mocion-censura-PNL-parlamento-rajoy-ctxt-parlamentarismo.htm
[2] El ministro Nadal lo declaró el 26 de mayo, cuando aceptó las condiciones de la industria nuclear sobre los plazos de renovación de permisos, y repitió dicha declaración el 8 de junio; en cambio, el 19 de junio declaró que los impuestos eran “revisables”.
[3] Entre 2012 y 2017 abundan los casos en que la industria nuclear y las empresas eléctricas enuncian sus intereses, intereses que se convierten en ley al poco tiempo. Sin necesidad de entrar en detalles puede apuntarse: la parada de Garoña sin consultar al gobierno, la petición de que se les concediese una nueva licencia de funcionamiento (una vez parada) sin tener que presentar toda la documentación de puesta en marcha, el que el nuevo permiso fuese por 17 años (en lugar de los 10 marcados por la ley) para llegar a los 60 de funcionamiento, la separación de la renovación del permiso de funcionamiento de la revisión periódica de seguridad, el retraso en dos años del plazo de petición de la renovación del permiso y, formulada pero no conseguida aún, la reducción fiscal de la industria nuclear.
[4] puede leerse el contenido completo del veto en http://partidoequo.es/wp-content/uploads/2017/04/Veto-PL-Nuclear.pdf, a destacar “1.Recaudación fiscal.
La contribución tributaria total de la industria nuclear en España 1 en el ejercicio
2013 ascendió a los 1.141 millones de euros. (1) (1) Informe “Impacto socioeconómico de la industria nuclear en España”, PwC. Pag. 2
[5] Ver http://sirenovablesnuclearno.org/zportada/eleccionseleciones2016.html para comprobar esta afirmación.
[6] el recurso de reconsideración puede leerse en http://sirenovablesnuclearno.org/nuclear/reconsideracionvetopp.pdf
[7] Ver http://www.rebelion.org/noticia.php?id=224553
[ Miguel Muñiz es miembro de Tanquem les Nuclears – 100% EER, y del GRUPO IMPULSOR ILP 2020 LIBRE DE NUCLEARES. Mantiene la página de divulgación energética http://www.sirenovablesnuclearno.org/ ]
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