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Héctor Silveira

Los "sin papeles"

Entre la clandestinidad, las restricciones y la represión legal

La nueva reforma de la Ley de extranjería pactada entre el PP y el PSOE, y a punto de ser aprobada por las Cortes, profundiza aún más el giro restrictivo-represivo de la política del PP ante la denominada «inmigración irregular». Se refuerzan los procedimientos de devolución y expulsión (nuevos arts. 58.5, 58.6, 63.2 y 63.3), se introducen nuevos instrumentos de control como el acceso a los datos del Padrón Municipal de Habitantes por parte del Ministerio del Interior (disposición adicional quinta) y se legitima explícitamente el uso de «medios de contención física personal» en los centros de internamiento (art. 62). La posibilidad de que la policía pueda acceder a los datos de las personas inmigradas existentes en el padrón del municipio en el que habitan conlleva nefastas consecuencias para los «sin papeles» ya que muchos de ellos dejarán de empadronarse por miedo, con lo que perderán o no tendrán derecho a la educación, a la asistencia social y a la sanidad. El giro restrictivo-represivo se confirma con la eliminación de la posibilidad, existente aún, de que el extranjero «sin papeles» pueda obtener el permiso de residencia temporal acreditando una permanencia en el territorio español durante un período mínimo de cinco años. Al eliminarse esta vía, la única que le queda al extranjero «sin papeles» para regularizar su situación es la del arraigo (art. 41.2d LOE). Pero esta posibilidad se cierra también para los extranjeros que tengan abierto un procedimiento administrativo sancionador en el que pueda proponerse la expulsión o que tengan una orden de expulsión, judicial o administrativa firme. En estos casos, la autoridad competente no les admitirá las solicitudes de regularización por arraigo. El legislador ha convertido a los extranjeros «sin papeles» con una orden de expulsión pendiente de ejecutar en los nuevos parias de nuestra sociedad. Hay que esperar lo peor de una política que deja en la clandestinidad a miles de extranjeros, los cuales, además de vivir en la exclusión social, engrosan las filas de la economía sumergida y de la explotación laboral.

30 /

10 /

2003

La principal conversión que los condicionamientos ecológicos proponen al pensamiento revolucionario consiste en abandonar la espera del Juicio Final, el utopismo, la escatología, deshacerse del milenarismo. Milenarismo es creer que la Revolución Social es la plenitud de los tiempos, un evento a partir del cual quedarán resueltas todas las tensiones entre las personas y entre éstas y la naturaleza, porque podrán obrar entonces sin obstáculo las leyes objetivas del ser, buenas en sí mismas, pero hasta ahora deformadas por la pecaminosidad de la sociedad injusta.

Manuel Sacristán Luzón
Comunicación a las jornadas de ecología y política («mientras tanto», n.º 1, 1979)

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