La política electoral, si bien no debe desestimarse, no puede ubicarse en el centro de ninguna acción política radical seria, orientada a cambiar las instituciones que sustentan el sistema político, desmantelar las ideologías hegemónicas y fomentar el tipo de conciencia de masas en que habría de basarse un cambio social y político desesperadamente necesario.
Joaquin Dodero Curtani
"Dejar de molestar a las empresas": la versión catalana de la directiva Bolkestein
“Dejar de molestar a las empresas” fue uno de los amables mensajes publicitarios utilizados por Josep Lluís Carod Rovira en la última campaña electoral de las autonómicas catalanas para referirse al estimulante cometido que debería asignarse a administración y empleados públicos. El mensaje expresa también lo que “piensan” los compañeros del actual Vicepresidente del la Generalitat sobre la administración, y obedece, como se verá, a la necesidad de satisfacer demandas de intereses concretos.
Transcurridos unos meses de la constitución del segundo gobierno tripartito, el núcleo de asesores vinculados al President Montilla capitaneados por su jefe de gabinete Pancho Taboas, se ha aprestado a desarrollar el mensaje de Carod mediante un publicitado Acuerdo de Gobierno (“De facilitación de los trámites a la actividad económica empresarial y la simplificación de sus relaciones con la Administración”), la versión catalana de la controvertida y ultraliberal Directiva Bolkestein de libre circulación de servicios de la UE. La fecha de aprobación del Acuerdo —la semana anterior al apagón eléctrico de la ciudad de Barcelona— constituye un signo premonitorio de sus consecuencias.
El Acuerdo es una copia chapucera de la Directiva. Establece las líneas generales que deben comportar un cambio en lo que se refiere a la función de control de la actividad de las empresas, sustituyendo el actual sistema de Autorización Administrativa previa al inicio de actividades empresariales por otro basado en la presentación de una “declaración responsable” de las empresas: un compromiso genérico de cumplimiento de los requisitos legales para la actividad de que se trate. Además, comporta la simplificación de algunos procesos administrativos relacionados con la actividad de las empresas, incrementando el número de trámites que pueden concluirse de forma inmediata con la visita de las empresas a una oficina de la administración. Se trata de un paso más en la senda de la desregulación de la actividad económica iniciada por los Gobiernos de CiU con los Proyectos Prysma i Citius, que el “segundo tripartito catalán” se dispone a proseguir.
Mediante el Acuerdo se amplía las competencias de las denominadas “ventanillas únicas” (OGEs), a las que se dan nuevas funciones decisorias no previstas en el art. 6 de la Directiva. Con las ampliación de atribuciones de estas “OGEs”, el “Govern” transfiere de facto más competencias y funciones a las Cámaras de Comercio, al tener externalizada la gestión de diecisiete OGEs mediante “Convenios de Encomienda de gestión” con las Cámaras. En la actualidad, la Administración catalana solamente gestiona directamente cuatro OGEs, una por capital de provincia.
La obstinación de nuestra clase política en conceder protagonismo y ceder la gestión de competencias a las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación —una institución que se remonta al modelo administrativo del antiguo régimen francés y que fue acogida en nuestro país por la legislación del “mercantilismo ilustrado”— resulta, cuanto menos, chocante. Su actual configuración jurídica, establecida por ley de Cámaras de 1993, es un puro artificio, puesto que las define como “corporaciones de derecho público” —como entidades de base asociativa con fines de interés general—. La frontera entre la defensa del interés económico general y el interés privado es difusa. Resulta poco creíble que un comerciante o un industrial pueda hacer abstracción de sus propios intereses en la decisión de asuntos económicos como los que la ley atribuye a las Cámaras de Comercio. Una insólita y polémica sentencia del Tribunal Constitucional ha confirmado además la imposición de la afiliación obligatoria, mediante una lectura forzada del principio de libertad de asociación que tiene su fundamento en el artificio de la defensa del interés general.
La explicación del dicha obstinación debe buscarse en el objetivo de entretejer el pacto de la clase política catalana con los llamados “representantes de la sociedad civil catalana” (destacados patricios y hombres de negocios). Los mimbres de tal pacto no son otros que la redistribución de competencias de la Generalitat, el reparto de influencias (algunos cargos políticos del Tripartito proceden de las Cámaras de Comercio, como el Director del Consorcio de Turismo o los dos últimos Directores Generales de Comercio), la concesión de prebendas varias (como la co-decisión Generalitat-Cámaras de comercio distribuir los 73.000.000 de euros anuales destinados a la “internacionalización de la economía catalana”) y también la compra de no pocos silencios y favores mutuos, como puede comprobarse en las demandas sobre infraestructuras de transporte.
En cumplimiento del mencionado Acuerdo de Gobierno de la Generalitat, las próximas semanas será sometido a aprobación del “Govern” el Proyecto de Decreto que desarrolla un primer paquete de medidas. El contenido concreto del Decreto supone una claudicación ante las demandas de “flexibilidad” de un sector del empresariado turístico catalán con estrechas vinculaciones con conocidas “promotoras inmobiliarias”, dispuestas a aprovechar con urgencia la inmejorable coyuntura del sector turístico catalán para diversificar su negocio. Para ello contarán con la ayuda que supone la supresión del trámite de autorización previa administrativa en el ámbito de establecimientos turísticos (Hoteles, Campings, Apartamentos turísticos, Establecimientos de turismo rural, Oficinas de turismo de la Generalitat) que según dispone el Proyecto de Decreto será sustituido por la presentación de una Declaración Responsable por parte de las empresas. La inscripción en este registro acredita ante la ciudadanía que un establecimiento cumple con la normativa sectorial vigente, lo que lleva aparejada la asunción automática de responsabilidad jurídica de la administración. Con la reforma, el Registro perderá credibilidad.
Con el Proyecto de Decreto, el Gobierno catalán ha accedido también a un vieja reivindicación de las Cámaras de Comercio: la cesión de la gestión del Registro de Turismo de Catalunya, vulnerando de esta forma el articulo 14 de la Directiva que prohíbe su intervención en este tipo de actuaciones por estimar que no pueden ser juez y parte en este tipo de asuntos.
Cuando Carod y las fuerzas políticas que convocaron la manifestación “Dret a decidir” nos proponen la “independencia” y la plena integración en Europa como utopía para liberarnos de la “opresión nacional” que sufrimos los catalanes por parte del estado español, no nos proponen nada original y emancipador, ya que su utopía nos es otra que la del neoliberalismo más rancio. Lo pone de manifiesto la versión catalana de la Directiva Bolkestein. Para tal viaje no hacen falta alforjas.
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2008