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Isabel Otxoa

Sin novedad en el empleo de hogar

Tras ocho años de gobierno, el 20 de noviembre de 2011 Rodríguez Zapatero perdía las elecciones frente a Rajoy. Solo cuatro días antes había publicado el RD 1620/2011, que regula hoy el contrato de trabajo doméstico. Esta norma derogó el RD 1424/1985, suprimiendo sus aspectos más impresentables: el salario mínimo interprofesional tenía en hogar 13 pagas y no 14, los descuentos de manutención podían llegar al 45% del salario y no era obligatorio pagar el llamado tiempo de presencia, que podía llegar a las 8 horas diarias.

Meses antes de la reforma en materia laboral, había llegado la de Seguridad Social. La Ley 27/2011, de 1 de agosto, más conocida porque reformó la pensión de jubilación, integró el Régimen especial de seguridad social de hogar en el Régimen general, en una reforma pactada con los sindicatos CCOO y UGT.  La integración no fue total al no incluir la prestación de desempleo y de implantación gradual, porque la cotización por salarios reales y la cobertura de vacíos de cotización en el cálculo de las pensiones se dejaban para el 1 de enero de 2019, siete años y medio después. En el lado positivo está el que a partir de 2012 se empezó a reconocer la existencia de accidentes de trabajo, las bajas dejaron de cobrarse a partir de los 29 días y el alta en la Seguridad Social pasó a ser posible y obligatoria desde la primera hora, y no a partir de las 18 horas semanales.

Después de años de ignorar la cuestión, la prisa del PSOE en realizar reformas laborales y de seguridad social para el sector tenía su explicación. El 16 de junio de 2011 acababa de aprobarse el Convenio 189 de la OIT sobre trabajo decente para los empleados de hogar, con unos estándares de derechos muy superiores a los entonces vigentes en el Estado español. El asunto era bochornoso tanto para un gobierno socialista como para los sindicatos mayoritarios que acababan de pactar la reforma de las pensiones y que con su firma avalaban un estado de cosas. Además, en vísperas de unas elecciones que sabía que iba a perder, el PSOE pasaba al gobierno del PP la responsabilidad de poner en marcha los cambios que no había sido capaz de hacer durante su mandato. Con el PP las cosas no fueron a mejor, pero no es asunto de interés aquí y ahora.

En 2 junio de 2018 el PSOE recupera el gobierno.  Durante el segundo y tercer trimestre se debate el proyecto de Presupuestos del Estado para 2018, con la Enmienda 6777 del PP, que consistía en aplazar hasta 1 de enero de 2024 las reformas de Hogar que debían entrar en vigor el 1 de enero de 2019.

El EAJ-PNV del “compromiso con las personas” como lema de gobierno se descuelga de su compromiso con la igualdad de género por el tiempo suficiente para votar a favor de la 6777, que finalmente se aprueba. Por el contrario, el PSOE vota en contra, y además se solidariza públicamente con el movimiento de protesta de trabajadoras de hogar y cuidados, que aparecían como una fuerza amplia y organizada —creo— por primera vez.

En este contexto, el 11 de octubre de 2018 llega el Pacto PSOE-Unidas Podemos para los Presupuestos del Estado de 2019. En su apartado 1.3 se acuerda la plena integración del Sistema especial de Empleadas de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, a más tardar en 2021.  Plena integración significaba no solo cotización por salarios reales, cobertura de los vacíos de cotización para el cálculo de las pensiones, sino también la prestación de desempleo.

Llegan las elecciones generales de 10 de noviembre de 2019 y después el acuerdo de coalición de gobierno PSOE-Unidas Podemos de 30 de diciembre de 2019. En relación al empleo de hogar, el pacto supone un retroceso porque ya no sitúa la equiparación en 2021, sino en fecha sin determinar a lo largo de esta legislatura que terminará en diciembre de 2023.

El acuerdo de gobierno recogió también el compromiso de ratificación del C189 de la OIT. El respeto hacia las interesadas exige no seguir abonando la idea de que la equiparación de derechos laborales y de seguridad social necesita de la previa ratificación del C189, porque es falso. Tampoco hace falta la ratificación para empezar a aplicar la legislación vigente desde hace muchos años en el Estado español; como se puede comprobar en las estadísticas de la ATH-ELE, el grado de cumplimiento en todos los capítulos no llega ni de lejos al 50%, y qué decir de los datos referidos a jornada y salario.

El incumplimiento masivo y abierto de la legalidad es posible porque el grupo a quien benefician las normas no tiene fuerza para exigir su efectividad, y el Estado se niega a intervenir. Aquí no hay neutralidad, los poderes legislativo, judicial y ejecutivo son parte interesada en este tema, la mayoría tiene contratadas trabajadoras.  Como poco, el progreso del sector no es su prioridad.

A meses de salir del confinamiento, las cotizaciones de muchas continúan por debajo del salario mínimo aplicable a sus jornadas laborales. La responsabilidad es de la Tesorería General de la Seguridad Social, que lleva años cobrando cuotas ilegales, y lo sabe. Lo sabe también el Defensor del Pueblo del Reino de España, ante el que se presentó una queja muy documentada hace un año, y respondió dando como toda explicación la versión de la Administración, que consiste en culpar del asunto a la falta de diligencia de los empleadores. La dejación institucional sigue; este año 2020 la Tesorería no ha aplicado tampoco la subida de cotización que se deriva del incremento del salario mínimo a 1.108,33€.  El 14/11/2019, el Parlamento Vasco discutió una proposición no de ley para instar al gobierno de Madrid a que regularizase las cotizaciones, y la votación se perdió gracias a la alianza neoliberal PNV-PSOE, que instaron a las trabajadoras a ser ellas mismas quienes denunciasen individualmente el desajuste. Cínica propuesta: en caso de denunciar se les despediría y, a diferencia del resto de los sectores, no habría readmisión obligatoria en el cese-represalia por haber reclamado, y tampoco posterior prestación de desempleo.

Acabamos de conocer el último borrador de recomendaciones que el Pacto de Toledo enviará al Parlamento. No hay novedad: la plena integración del Sistema de Hogar en el Régimen General, con la consiguiente cotización por salarios reales, cobertura de vacíos en el cálculo de las pensiones y prestación de desempleo, se vuelven a dejar pendientes de análisis y de implantación gradual, sin plazo. Sobre confiar en el resultado del análisis por hacer, el RD 1620/2011 daba un plazo hasta el 31/12/2012 para que una Comisión de personas expertas, propuestas por el Ministerio de Trabajo y las organizaciones sindicales y patronales más representativas se pronunciase, entre otras cuestiones, sobre la implantación de una prestación de desempleo en hogar.  La comisión nunca existió.

Una parte del trabajo de hogar consiste en realizar tareas domésticas, que muchas personas bien podrían cubrir por sí mismas y prefieren pagar, para tener más tiempo de ocio, relaciones sociales, descanso o cualquier otra actividad de realización personal. Para justificar la exigencia de condiciones laborales de dignidad en todos los aspectos, no hace falta que tu empleo sea esencial, o que tus tareas sean necesarias para que el mundo siga. La cuestión es que no pueden admitirse relaciones de servidumbre, eso es todo y no es poco.

Pero mejorar derechos en esta clase de contratación supondría encarecer un servicio para la clase media, a la que todos los gobiernos intentan no incomodar. A la salida del confinamiento, estamos viendo un movimiento de mujeres autóctonas que buscan trabajar unas horas para compensar el descenso de ingresos de la familia; es una población que entra y sale del empleo de hogar según la coyuntura y que trabaja, por supuesto, en la economía sumergida.

De acuerdo con las estadísticas de la ATH, la mitad del trabajo externo y la práctica totalidad del trabajo interno consiste en tareas de cuidado de menores y mayores con diferentes grados de dependencia.  En el caso de las personas mayores, en ocho de cada diez casos viven solas o conviven con algún familiar que no les atiende directamente, y utiliza la prestación de cuidados en el entorno familiar de la Ley de Dependencia para pagar empleo de hogar. Mejorar derechos en esta clase de contratación supondría tensionar los servicios sociales, a los que se volvería la población en busca de soluciones.

El empleo de hogar es una vía de ahorro para familias y para el presupuesto de gasto social. En Bizkaia, el costo mensual de la plaza en una residencia privada está en torno a los 3.300€ al mes, y el costo para la Diputación de una plaza concertada en residencia es algo más de 2.700€ al mes, sujeta a copago.  La opción de las personas por el cuidado en su casa, en una residencia o la atención parcial en un centro de día no atiende solamente a factores monetarios, está claro, pero este es un elemento que pesa.

Cuando la atención requerida es de 24 horas, la cobertura privada del cuidado a domicilio en condiciones de legalidad es más cara que una residencia. Es aquí donde encontramos una de las razones de la retirada voluntaria de la intervención estatal, no hay que encarecer el producto. Exclusión de las estadísticas, de los controles, exclusión del discurso también.  Los planes contra la contratación irregular, las horas extras no declaradas, el trabajo sumergido… no hacen mención al sector. Nunca.

La atención de 24 horas se resuelve con un recurso que se renueva una y otra vez: trabajadoras internas migrantes, muchas de ellas sin papeles. En nuestras estadísticas de 2019 eran casi el 30%.  Bastantes pagan por estar empadronadas en otra vivienda, ya que sus empleadores no les permiten hacerlo en la casa. A este mercado ya viejo se le ha sumado el de las citas previas para acceder a las instituciones que gestionan los permisos; de no comprar la cita, las tarjetas no llegan, caducan,… este es el nivel de indignidad en el que se mueve el asunto. “Coged el teléfono” era la consigna más coreada en la última concentración ante la Oficina de Extranjería de Bilbao.

A largo plazo, el objetivo no puede ser otro que la desaparición del contrato privado de hogar, ya sea para trabajo doméstico o para cuidados. Entre otras cosas, está demostrado que no puede garantizar derechos laborales.  Su sustitución por fórmulas que cubran de otra manera las necesidades que satisface exige cambios en muchas áreas de nuestra organización social, que creo que no tenemos del todo dibujadas y, por cierto, no se dibujarán hasta que la “solución” empleo de hogar se mantenga tal cual.

Para conseguir cambios en hogar hace falta un movimiento situado en las realidades concretas, con memoria suficiente para desconfiar de las promesas, con objetivos precisos a corto plazo. Capaz de convertirse en un problema, capaz de generar un costo político a quien le dé la espalda. Con voluntad de gastar las mejores energías no en la descripción de la situación sino en la acción política para resolverla.

Isabel Otxoa es profesora de Derecho del Trabajo en la Universidad del País Vasco

 

[Fuente: Viento Sur]

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2020

La política electoral, si bien no debe desestimarse, no puede ubicarse en el centro de ninguna acción política radical seria, orientada a cambiar las instituciones que sustentan el sistema político, desmantelar las ideologías hegemónicas y fomentar el tipo de conciencia de masas en que habría de basarse un cambio social y político desesperadamente necesario.

Noam Chomsky
The Precipice (2021)

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