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Juan-Ramón Capella

Aproximación al Poder Judicial en España

En la prensa se leen dos acusaciones poco razonables al sistema judicial. Una justicia lenta, una justicia muy garantista. Pero no son ésas las cuestiones que es prioritario destacar a propósito de la Administración de Justicia.

No es la lentitud de la justicia, que se puede mejorar, pero que los juristas consideran necesaria. Sin embargo los retrasos pueden evidenciar, entre otras cosas, falta de decisión, respuesta débil, sobre todo en los casos de corrupción, como el caso del Palau de la Música barcelonés, que afecta a un importante partido político.

Tampoco lo es el garantismo, que resulta una conquista histórica; quienes no lo quieren para los demás lo quieren en cambio para sí.

De todos modos, la justicia parece pescar con una misteriosísima red que atrapa a los peces chicos y de la que escapan los peces gordos. Pero probablemente quien ha de cambiar esa red es el poder legislativo, modificando los plazos de prescripción de los delitos y penas, y cosas como ésta.

Lo más destacable de la justicia en España hoy es a mi juicio que está libre del mal institucional por excelencia: la corrupción.

Hay corrupción —es manifiesto— en los ayuntamientos, en las diputaciones, en las comunidades autónomas, en los partidos políticos, en la administración —por no decir en los gobiernos—. Pero no la hay en la administración de justicia.

Se podrá objetar que hay corruptelas e incumplimientos. Viniendo yo de la universidad —una institución sancta— no me parece raro; ¡qué me van a contar! Judicialmente, alguna corruptela ha sido y algún incumplimiento es pasto duradero de la prensa. Además se conoce algún caso de magistrado corrupto —el juez Estevill, procedente de la abogacía, p.ej.—, que fue inmediatamente sancionado.

Pero nadie puede afirmar con verdad que la Administración de Justicia como tal sea corrupta o parcial. No es vista así. Extrañamente en este país, y cuando el volumen de negocio que podría generar una justicia mafiosa sería muy grande.

Aunque, entre paréntesis, me parece preocupante en este orden de cosas la justicia o sentencia negociada que parece imponerse a imitación de un sistema de justicia abominable como es el norteamericano; por lo menos, habría que normar muy fina y objetivamente los parámetros de esa negociación.

Y la pregunta surge inmediatamente: ¿por qué no hay corrupción en la Justicia?

¿Por qué un régimen político que soporta mucho mejor que cualquier otro de la UE la corrupción en sus instituciones, ésta no ha penetrado en la administración de justicia?

Creo que la respuesta a esta pregunta ha de buscarse en dos ámbitos:

Uno es el sistema de instancias y la variedad de actores en los procedimientos, que crea dificultades a los corruptores.

Pero el factor anticorrupción fundamental, reside, a mi modo de ver, en lo que el sociólogo Pierre Bourdieu llamó el habitus, los habitus de magistrados y fiscales —que tienen casi todo en común—: el revestimiento de un conjunto de valores asociados a la función; de actitudes de distanciamiento, de prácticas estratégicas profesionales, de experiencias, de modos de relacionarse entre sí y con los ciudadanos.

El habitus de jueces y fiscales se ha formado paulatinamente: en los años de estudio de la licenciatura en derecho, en los de preparación del concurso-oposición a la magistratura —esto es, en actividad para cumplir el deseo de ser magistrado o magistrada—, en los cursos de la Escuela Judicial, en el trato con colegas y en la propia práctica judicial.

El habitus judicial es de los más densos y estudiados por sociólogos y antropólogos (entre paréntesis, en el libro Cosmopoliticas, editado este año por la profesora Cañedo y ed. Trotta, hay un divertido artículo de Bruno Latour que compara los habitus en el seno de dos instituciones muy diferentes pero dedicadas ambas a algo caracterizable como la búsqueda de la verdad: un instituto de investigación bio-neurológica de punta y el Consejo de Estado francés: los habitus de los grandes investigadores y de los grandes juristas son completamente distintos).

La densidad del habitus de jueces y fiscales, densidad que probablemente no perciben sus propios portadores, creo que es la principal coraza que impide la penetración de la corrupción en la administración de justicia.

Y lo creo porque donde jueces, fiscales y jefes de policía no son funcionarios, sino objeto de elección política, como en el sistema jurídico estadounidense, el habitus es débil y distinto y la justicia está abierta a la corrupción. Así lo muestran la historia, la literatura y el cine.

Se debe advertir sin embargo que aunque el habitus es funcional a la actividad judicial, y lo genera esa misma actividad, es en buena medida una coraza solamente ideológica. Está hecha de instituciones mentales. Lo cual es peligroso cuando sabemos que casi toda decisión puede ser traducida a un valor económico. Precio contra habitus y sistema institucional: ¿será posible que las barreras antimafia caigan también aquí? Responder a esta pregunta implica revisar de nuevo el poder judicial en España, dar relieve a su lentitud, a los procesos que se arrastran años y años, a la red de la que escapan los peces gordos, a la situación de los funcionarios, tantas veces cuestionada en la prensa, y a su vez a las dificultades que experimentan para realizar bien su función.

Y entonces la pregunta es la siguiente:

¿Existe en España un poder judicial independiente? ¿Un poder judicial fuerte? ¿Están los defectos del Poder Judicial en relación con esta cuestión?

25 /

9 /

2013

Mas no por ello ignoramos
que también el odio contra la vileza
desencaja al rostro,
que también la cólera contra la injusticia
enronquece la voz. Sí, nosotros,
que queríamos preparar el terreno a la amistad
no pudimos ser amistosos.

Bertolt Brecht
An die Nachgeborenen («A los por nacer»), 1939

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