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Mar Aguilera Vaqués, Àlex Peñalver i Cabré y Lluís-Xavier Toldrà i Bastida

La modificación de la Ley de Costas

Una reforma para desproteger y privatizar la costa

La Ley de Costas de 1988 ha sido una herramienta que se ha revelado útil, pese a sus limitaciones, pues ha encarnado uno de los aciertos más que notables en la protección del litoral frenando así, en parte, la aniquilación de la costa española que venía produciéndose en las décadas que la preceden. Estos 35 años de vigencia de la Ley de Costas han sido un ejemplo de transversalidad ideológica en la preservación de la costa. Prueba de ello ha sido su supervivencia normativa durante estos años de gobiernos de diferente signo. Algo que sería muy positivo en los tiempos actuales. Este proceso de conservación ha implicado a muchos ciudadanos de todas las tendencias y color político. No es justo que ahora se abandone la costa a este peligroso fantasma conocido como “el mercado”.

El actual proyecto de ley que modifica esta norma de 1988 (recientemente ya aprobado por el Senado y pendiente de su inminente posterior aprobación definitiva por el Congreso de los Diputados) causa una profunda decepción. Aunque se autodenomina “ley de protección y uso sostenible del litoral”, este proyecto abre la puerta a una banalización, degradación y destrucción aún mayor de nuestras costas. Por ello, se debería denominar “Ley de explotación del litoral”, puesto que, de manera más coherente, indica lo que se va a perpetrar. Se olvida que asumir y asegurar una política activa de conservación del litoral es la manera que mejor contribuye a mantener e impulsar la actividad turística y económica de nuestro litoral. No podemos compartir de ningún modo la reducción de la zona de servitud de protección de 100 metros para permitir desarrollos urbanísticos en municipios cuyas dos terceras partes ya estén transformados. Tampoco entendemos la amnistía generalizada de construcciones fuera de ordenación dentro del dominio público-marítimo terrestre (DPMT). Causa estupor la legalización de monstruos del pasado que se excluyen del DPMT (como Empuriabrava y otros once más) y la amenaza sobre espacios naturales de altísimo nivel de protección (como el Salobrar de Campos, en Mallorca). Marinas y salinas de nueva construcción dejarán de ser DPMT. Se aumenta a 75 años el plazo de la concesión de ocupación (DPMT) lo que también fomenta el uso privado del litoral. Además, ignora las previsiones del cambio climático al mantener construcciones existentes en zonas de dominio público-marítimo terrestre pudiendo ser a cargo del Estado los costes de las obras de defensa. Todas las previsiones mínimamente protectoras tienen su consiguiente excepción que, como ya sabemos y viene ocurriendo en derecho español, se convertirán en norma. No hace falta ser muy sagaz para ver que se trata de medidas que, a socaire de los vientos de crisis, contienen una clara intención ideológica de permitir una mayor urbanización de nuestras costas para mayor gloria de los lobbies del cemento que han destruido nuestra geografía y nuestra economía.

Esta desagradable propuesta normativa que, de no mediar cambios parlamentarios de última hora, será aprobada por las Cortes Generales, hace gala de un profundo desconocimiento de las tendencias normativas sobre el litoral en el Mediterráneo. Se ignoran los protocolos que derivan del Convenio de Barcelona y las directrices europeas sobre protección integrada del litoral que nunca incluyen referencias a ser más permisivos con los usos y la edificación de la franja que nos ocupa. Parece que se haya olvidado que, por ejemplo, España es parte del Convenio para la Protección del Mar Mediterráneo contra la Contaminación, denominado posteriormente Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (conocido como «el Convenio de Barcelona») al que se adhirió la Comunidad Europea mediante las Decisiones 77/585/CEE (1) y 1999/802/CE (2) del Consejo. La Decisión del Consejo de 27 de noviembre de 2006, autorizó las negociaciones organizadas por el Convenio de Barcelona con vistas a la preparación de un Protocolo sobre la gestión integrada de las zonas costeras del Mediterráneo (denominado «el Protocolo ICZM»). Este protocolo fue precisamente aprobado en la reunión de plenipotenciarios de 20 de enero de 2008, celebrada para mayor escarnio en la capital de este Estado (de lo cual seguro que no se acuerdan el Consejo de Ministros ni los diputados y senadores que han votado a favor de esta reforma legislativa). Posteriormente, dicho protocolo fue adoptado como Decisión del Consejo el 4 de diciembre de 2008 bajo las siglas “Protocolo IZGC”. La modificación de la Ley de Costas incumple una tras otra sus previsiones sobre el litoral. Recordamos que uno de los considerandos de esta decisión establece que “los Estados miembros y sus autoridades competentes se encargarán de formular y aplicar determinadas medidas concretas contempladas en el Protocolo ICZM, tales como el establecimiento de zonas donde esté prohibido edificar.”

También es recomendable la lectura de los primeros párrafos del preámbulo del Protocolo de Madrid: “Considerando que las zonas costeras del mar Mediterráneo constituyen un patrimonio común natural y cultural de los pueblos del Mediterráneo, que conviene preservar y utilizar juiciosamente en beneficio de las generaciones presentes y futuras. Preocupadas por el aumento de la presión antrópica sobre las zonas costeras del mar Mediterráneo que amenazan su fragilidad y deseosas de detener e invertir el proceso de degradación de esas zonas y de reducir, de manera significativa, la pérdida de biodiversidad de los ecosistemas costeros. Inquietas por los riesgos que amenazan a las zonas costeras debido a cambios climáticos que pueden provocar, entre otras cosas, una elevación del nivel del mar, y conscientes de la necesidad de adoptar medidas sostenibles para reducir los efectos negativos de los fenómenos naturales […].

Sobre el llamado “informe Auken” del Parlamento Europeo al que se hace referencia en el preámbulo del proyecto de ley causa una gran estupefacción comprobar cómo sólo se hace referencia de forma sesgada a un fundamento concreto y, por el contrario, se obvian clamorosamente todos los otros. Así, por ejemplo, el fundamento V recuerda como “esta actividad extendida que respaldan las autoridades locales y regionales irresponsables a través de una legislación inadecuada y en ocasiones injustificada, que en muchos casos es contraria a los objetivos de varios actos legislativos europeos, ha dañado considerablemente la imagen de España y de los amplios intereses económicos y políticos que tiene en Europa, debido a la aplicación laxista de las legislaciones urbanísticas y medioambientales vigentes en las Comunidades Autónomas españolas en algunas actuaciones urbanizadoras, así como la aparición de algunos casos relevantes de corrupción ocasionados por ellas”.

Resulta increíble que el Gobierno sea tan miope e insensible a las sencillas y clarividentes prescripciones de esta normativa internacional y europea. Además el Gobierno permanece ciego a las iniciativas consolidadas de otros países del continente como la que en Francia hacen instituciones tan bien valoradas por la ciudadanía de aquel país como el Conservatoire du Littoral et des Rivages Lacustres que desde 1975 ha adquirido y protegido conjuntamente con otras administraciones públicas casi el 25% de la línea costera francesa. Se trata de un ente público muy bien conceptuado (incluso pese al descrédito generalizado de las instituciones) por los ciudadanos, que ha sobrevivido a cuarenta años de gobiernos de diferente color político. Este ejemplo hubiera podido exportarse perfectamente al sistema jurídico español y esta ley que se está gestando será la enésima ocasión perdida a este lado del Pirineo.

En conclusión, si es cierta la afirmación que la vicepresidenta portavoz del Gobierno vertió ante la prensa (y ante los ciudadanos) de que se pretende conservar más y mejor el litoral, entonces debe abandonarse este proyecto de ley. De lo contrario, la sociedad no puede quedar impasible a este despropósito y, pese a sus modestos medios (aunque con el poder de la convicción), hará lo que esté a su alcance para dejar sin efecto una normativa irresponsable que sume el único capital que tenemos (nuestro territorio) en unas tinieblas más inciertas que la situación económica de este país.

 

[Mar Aguilera Vaqués, Àlex Peñalver i Cabré y Lluís-Xavier Toldrà i Bastida son miembros del Fons de Defensa Ambiental]

30 /

4 /

2013

La política electoral, si bien no debe desestimarse, no puede ubicarse en el centro de ninguna acción política radical seria, orientada a cambiar las instituciones que sustentan el sistema político, desmantelar las ideologías hegemónicas y fomentar el tipo de conciencia de masas en que habría de basarse un cambio social y político desesperadamente necesario.

Noam Chomsky
The Precipice (2021)

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