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Rubén Pérez Trujillano

Jueces contra la República

El poder judicial frente a las reformas republicanas

Dykinson-Universidad Carlos III,

Madrid,

2024,

320 págs.

Francisco M. Fernández Caparrós

Experiencias recientes, tanto en el Reino de España como en otros lugares, han puesto sobre el tapete la relevancia política y social de las actuaciones judiciales. Obviamente, ni la problemática es nueva ni se carece de una tradición de estudio y crítica, pese a lo que pudiera sugerir la proliferación de nuevos vocablos (como «lawfare»). Aunque hasta ahora la historiografía española le haya dispensado una atención colateral, la incidencia de la magistratura sobre los grandes procesos históricos ha sido investigada profundamente en muchos países. Basta con recordar El gobierno de los jueces, aquel célebre libro con el que Édouard Lambert presentó de qué modo la judicatura estadounidense había plantado cara a las políticas sociales de principios del siglo XX. La monografía Jueces contra la República: el poder judicial frente a las reformas republicanas (disponible en línea: https://hdl.handle.net/10016/43768) analiza la actitud judicial ante algunas de las reformas más representativas del régimen fundado en abril de 1931. El autor de esta obra, Rubén Pérez Trujillano (profesor de Historia del Derecho de la Universidad de Granada), realiza un exhaustivo estudio empírico basado en el rastreo de numerosos archivos históricos que le sirven para radiografiar la fisonomía del sistema judicial a través de su comportamiento. A este respecto, el autor no se conforma con la jurisprudencia emanada por los grandes órganos centrales, sino que desciende a una multitud de tribunales y juzgados periféricos con tal de comprender cómo era, en la práctica, la justicia española de los años 1931-1936.

El libro aborda cuatro de las problemáticas que más acuciaron a la República y hacia cuya solución se dirigieron importantes reformas jurídicas e institucionales: la cuestión religiosa, la cuestión territorial, la cuestión de las libertades personales y la cuestión de la delincuencia y la peligrosidad. La introducción contiene algunas pautas metodológicas, pero su propósito consiste sobre todo en ubicar la experiencia española dentro del contexto europeo de entreguerras y en aclarar qué importancia tenía la figura del juez en los sistemas constitucionales y democráticos de la época.

El primer capítulo analiza cuáles fueron y cómo operaron las barreras judiciales a la secularización del Estado. En este sentido, se palpan las aristas de la poliédrica relación entre Iglesia y República, así como la acción de «contrapoder» que la primera pudo desarrollar sin cortapisas gracias, entre otros factores, al amparo de la justicia. El segundo capítulo estudia conjuntamente la aparición del «Estado integral» y la reforma de las relaciones de explotación agraria, de manera que se pone de relieve que la adhesión a un ideal nacionalista español por parte de la judicatura acarreó la apuesta por un cierto orden social que no cuadraba con el nuevo ordenamiento. El capítulo tercero hace de la libertad personal su objeto de estudio con la mirada puesta, especialmente, en los repertorios penitenciarios. La posición de jueces y magistrados ante el carácter abusivo y arbitrario de muchas prisiones preventivas y detenciones gubernativas saca a flote una lógica eminentemente clasista que impedía la subordinación a la Constitución y a la ley de la acción del gobierno y los agentes de la autoridad cuando entraban en juego criterios ideológicos de discriminación. El último capítulo de Jueces contra la República, el cuarto, analiza la ley de vagos y maleantes desde el punto de vista de su aplicación. Con ello no sólo se examina una plasmación legislativa de las doctrinas criminológicas y antropológicas acerca de la «peligrosidad» de los individuos, tan de moda por aquellos años y durante algunas décadas más. Además, este capítulo desvela cómo se malogró una normativa tan compleja y severa al quedar en manos de jueces, policías y funcionarios de prisiones chapados a la antigua. «La gandula», como fue popularmente conocida, terminó convirtiéndose, sin más, en un poderoso instrumento para hostigar a la disidencia política y a quienes sufrían marginación y pobreza.

Pérez Trujillano concluye este libro con unas reflexiones acerca de la «historia del sabotaje judicial» a las que considera las reformas «meramente» y «eminentemente» republicanas, de las cuales dependía la viabilidad del Estado laico, descentralizado, social, plural y, en definitiva, constitucional de derecho. En este punto, el «ruido de sables» y el «ruido de togas» contribuyeron a minar el sistema de la República desde trincheras y oficinas diferentes, pero con ritmos y efectos similares. Es por ello que el autor aboga por encuadrar todo este pasado dentro de la «memoria histórica» que necesita una ciudadanía preocupada por su conciencia y por su futuro.

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2024

La «otredad» política se fundamenta en algo enteramente distinto [a conseguir «bazas de representación política» más o menos amplias y más o menos honradamente gestionadas]: en la construcción de ámbitos públicos voluntarios de interrelación social, abiertos y, sobre todo, capaces de autodeterminarse. […] Su germen es el asociacionismo voluntario: la entrega voluntaria de actividad y tiempo personal puestos en común con otros para realizar objetivos compartidos.

Juan-Ramón Capella
«Otra manera de hacer política», Los ciudadanos siervos (1993)

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