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Antonio Giménez Merino

Lo que dicen las estadísticas independientes sobre el empleo en el hogar

La Asociación de Trabajadoras del Hogar de Bizkaia (ATH-ELE) acaba de publicar su informe anual sobre la situación del empleo en el hogar, correspondiente a 2022, a partir de las asesorías practicadas en esta asociación: ATH-ELE, «Estadísticas 2022». Se trata de una información muy valiosa cualitativamente porque, a pesar de abarcar solamente un ámbito territorial relativamente pequeño, muestra fidedignamente los problemas recurrentes a los que se enfrenta el sector laboral feminizado del trabajo del hogar y los cuidados. Problemas inapreciables en las estadísticas oficiales, que no dan cuenta de las abundantes situaciones de laboralidad no previstas en la regulación o aquellas que sobrepasan los límites de ésta.

Las estadísticas del último año que ofrece ATH-ELE se enmarcan en el periodo transitorio marcado por un nuevo marco regulatorio. Pues en 2022 se aprobó en el Congreso, primero, la largamente reclamada ratificación por España del Convenio n.º 189 de la Organización Internacional del Trabajo sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos (C189 OIT, 2011); y seguidamente, por el Gobierno, el Real Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.

La nueva norma reconoce por fin la prestación por desempleo a las personas empleadas en el hogar, cuya ausencia había sido considerada como una discriminación indirecta en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 24 de febrero de 2022, al perjudicar de hecho a un número mucho mayor de mujeres que de hombres. Sin embargo, como subraya el propio informe de ATH-ELE, hacen falta doce meses de cotización para cobrar dicha prestación, por lo que no podrá hacerse efectiva hasta el 1 de octubre de 2023 (sin que sirvan las cotizaciones a la Seguridad Social por otras contingencias efectuadas hasta ahora). Por otro lado, la norma tipifica vagamente el trabajo por cuenta ajena que se desarrolla en los hogares españoles, no contempla un sistema eficaz de control de sus propias prescripciones y deja sin afrontar el problema central de las trabajadoras extranjeras en situación irregular o sin papeles, masivas en el sector del hogar.

El documento de la asociación vizcaína hace una lectura precisa de las consecuencias de esas deficiencias y, por tanto, constituye una base útil para elaborar la próxima agenda política de las organizaciones del sector.

En primer lugar, diferenciando claramente el trabajo interno que se hace en los hogares (mayoritariamente orientado a personas necesitadas de cuidado, aunque combinado con tareas de mantenimiento del hogar) y el externo (dividido entre ambas tareas).

De lo que resulta, en el primer caso, una presencia masiva de mujeres migradas infrarremuneradas y que soportan jornadas laborales más largas y con menos descansos de lo establecido en sus contratos (cuando existen). [Quien escribe estas líneas ha verificado por sí mismo la existencia de empresas de colocación que ofrecen contratos mercantiles (con la empresa) de interinidad por cantidades miserables, aprovechándose de la precariedad de mujeres en situación irregular a quienes localizan a través de redes informales].

Y en el caso del trabajo externo, un número amplio de mujeres que percibe su salario en mano y con acumulación de contratos temporales, además de una proporción significativa en situación irregular, y por tanto al arbitrio de las condiciones impuestas por las familias y sin reconocimiento práctico de derechos laborales. Este segmento de trabajadoras ha visto incrementado su salario por el impacto de las subidas en el SMI, pero a costa de una reducción de sus horas de desempeño.

Otro de los aspectos que planea en el informe de ATH-ELE es bien conocido: el grado elevado de inefectividad de las normas que regulan estos empleos debido a la falta de inspección laboral en los hogares, justificada históricamente por los gobiernos y la Tesorería General de la Seguridad Social por la disparidad del hogar —protegido por su inviolabilidad— respecto a la empresa como centro de trabajo, pero que ahora entra en contradicción con lo dispuesto en el sentido contrario por el Convenio 189 OIT y por la jurisprudencia europea. Este problema afecta a elementos básicos como el control de la existencia y cumplimiento de los contratos, la protección de la salud y seguridad de las trabajadoras, la prevención de la violencia sexual, o la adecuación del alojamiento y de la formación y medios para realizar el trabajo. Aunque el RD-Ley contempla medidas al respecto, queda por resolver cómo y con qué medios se llevará a cabo la verificación efectiva de las condiciones reales en que se presta el servicio en los hogares. Algo que va a requerir algo más que buenas intenciones, ya que supondría sacar a la luz la alarmante falta de provisión de servicios de cuidado en una sociedad envejecida como la española y todas las situaciones irregulares derivadas, en unos casos, del abuso, y en otros de la insuficiencia de medios económicos para hacer frente a necesidades perentorias.

Dentro del campo burocrático, el informe también denuncia las dificultades materiales que soportan las trabajadoras ante la lentitud de los juzgados y la normalización de la tramitación telemática en las oficinas de la Seguridad Social, puesta en juego durante la pandemia, a la hora, respectivamente, de reclamar por despidos o solicitar bajas por enfermedad, accidente o maternidad (a cuenta también de las trabajadoras).

En conclusión, aún es pronto para medir la eficacia de la norma aprobada en la actual legislatura, pero sigue siendo la labor de las organizaciones sociales lo que marca la pauta en lo concerniente a los importantes vacíos que faltan por cubrir dentro de un ámbito crecientemente esencial de la economía española. Su voz y su concurso en la implementación de dichos vacíos debe marcar también la agenda política general.

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2023

La civilización y la justicia del orden burgués aparecen en todo su siniestro esplendor dondequiera que los esclavos y los parias de este orden osan rebelarse contra sus señores. En tales momentos, esa civilización y esa justicia se muestran como lo que son: salvajismo descarado y venganza sin ley.

Karl Marx
La Guerra Civil en Francia (1871)

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