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Márcia Rodrigues Bertoldi

Una ola de calor, la desigualdad y el derecho del cambio climático en un fin de mundo

Una ola de calor sin precedentes: el mes de julio de 2022

El Norte global pasa por una de sus peores olas de calor, con temperaturas que sobrepasan los 40 grados. Las regiones más afectadas son Europa, el norte de África, el Medio Oriente y Asia. El 13 de julio del 2022, la Nasa divulgó el mapa de un mundo rojo, en llamas, que permite observar temperaturas de 42,2 °C en Sevilla (España), 46,5 °C en Ahvaz (Irán) y 37,6 °C en Shanghái (China). Según Petteri Taalas, secretario general de la Organización Meteorológica Mundial (OMM), en rueda de prensa el 19 de julio de 2022, las olas de calor serán más frecuentes e intensas al menos hasta 2060.

El calor desértico en zonas rurales y urbanas, entre otras cosas, provoca incontables incendios forestales e incrementa las muertes a causa del clima. En el caso de España, según el Sistema Europeo de Información sobre Incendios Forestales (EFFIS), en 2022 se han producido 324 incendios y alrededor de 206.900 hectáreas de bosques han sido devastadas. En el mismo sentido, según el Informe MOMO del 19 de julio de 2022, sobre la mortalidad diaria, en 2022, han muerto 2.988 personas en España a causa de las temperaturas extremas. Sólo en junio, se produjeron 830 defunciones atribuibles al calor.

En Reino Unido, Hamburgo y Escocia, las temperaturas llegaron a 40,3, 40,1 y 35 °C respectivamente, sus marcas históricas. En Groenlandia, a 15,6 °C, 10 grados más que lo normal, como puede verse en las desalentadoras imágenes exhibidas por CNN/español.

Por otro lado, mientras el Norte arde, el Sur se hiela: Argentina y Chile padecen una ola de nevadas histórica, con mínimas hasta -16,5 °C. En la foto publicada por la Nasa el 20 de julio del 2022, se puede observar un exponencial aumento de la nieve entre los años 2021 y 2022. El reciente Informe de la OMM sobre el Estado del clima en América Latina y el Caribe expone que los glaciares de los Andes tropicales han perdido, al menos, un 30 % de su superficie desde la década de 1980. En el caso de los glaciares de Perú, la pérdida supera el 50%.

A su vez, Australia sufre lluvias torrenciales, que han obligado a más de 85.000 personas al oeste de Sídney a dejar sus casas.

Desigualdad y el derecho del cambio climático

Naciones Unidas, al igual que el Parlamento Europeo y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ha optado por utilizar la expresión “emergencia climática” para tratar el fenómeno, al tratarse de la que más se acerca a la urgencia en la adopción de medidas objetivas y progresivas para contener el cambio climático. Noam Chomsky y Robert Pollin prefieren, en cambio, el término “crisis climática” [1]. Mientras que Bruno Latour se refiere a una “mutación climática” [2], al entender que tratar a la situación climática actual como una crisis supone ver el problema como reversible, en vez de una transmutación hacia un mundo nuevo.

La emergencia climática es una realidad manifiesta. Desde 1990, el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) viene presentando Informes de Evaluación sobre el estado global del clima. Sin embargo, los Estados avanzan poco en la implementación de las estrategias de respuesta propuestas para la mitigación y la adaptación. Con el resultado de que la población ya experimenta por sí misma el despliegue de las consecuencias. La ola de calor en el verano del Norte global del 2022 no hace más que poner en claro la falta de consideración política de lo demostrado por los científicos.

El comentado Informe de la OMM prevé que la temperatura global media anual entre 2022 y 2026 será de 1,1 °C y 1,7 °C más elevada en relación a los niveles preindustriales (1850-1900) y que hay un 93% de posibilidades de que al menos un año, entre 2022 y 2026, exceda la del más cálido (2016).

El referido fenómeno impacta directamente en los derechos humanos (por ejemplo, los derechos a la alimentación, a la salud, a la vivienda, al medio ambiente equilibrado, a la vida, entre otros) y en la protección de la naturaleza y la fauna. Y aunque afecta a todas las personas, sus consecuencias son más impactantes sobre las de aquellos países con ingresos más bajos. Desde 2008, con la Resolución 7/23, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas reconoce esta relación, desarrollándola e informando sobre ella.

Ilustra muy bien el incremento de la desigualdad provocado por la emergencia climática la segunda parte del 6.º Informe del IPCC, propuesta por el Grupo II, al afirmar la elevada vulnerabilidad al cambio climático a la que están expuestas las regiones y personas con bajos niveles de desarrollo: en los hotspots globales de alta vulnerabilidad humana (África central y oriental, sur de Asia, Américas Central y del Sur, pequeños estados insulares en desarrollo y ártico) se prevén 250.000 muertes hasta el 2050 a causa del calor, de la desnutrición, de la malaria y la diarrea. Asimismo, la producción de alimentos ya es un problema en estas zonas —sobre todo en los lugares donde las personas no comen lo suficiente—, lo que produce un aumento del precio de los alimentos y de la consiguiente exposición a la pobreza.

Del mismo modo, el Informe del Banco Mundial, Shock Waves Managing the Impacts of Climate Change on Poverty estima que hasta 2030 la emergencia climática podría arrojar a más de 100 millones de personas a la pobreza.

La emergencia climática, pues, produce desigualdad, incrementa la pobreza y, en este sentido, exige justicia climática, que puede manifestarse en el derecho humano a un sistema climático seguro o “derecho del cambio climático”, a saber: el conjunto de instrumentos jurídicos aptos para proteger, garantizar y dar fuerza jurídica efectiva a los derechos humanos frente a las amenazas de la emergencia climática.

Teniendo en cuenta que los derechos humanos, además de surgir de las luchas sociales, deben garantizar determinados bienes y que para esto exigen condiciones materiales e inmateriales para ponerlos en práctica, es manifiesta la celeridad en circunscribir y asegurar a los seres humanos (igualmente a los no humanos y a la naturaleza) un sistema de protección jurídica capaz para hacer frente al clima cambiante.

Al lado sobre todo de las luchas sociales que la sustentan, la justicia climática depende de la construcción de un sistema de protección jurídica muy distinto al que conocemos, capaz de hacer frente al cambio climático. Y en este sentido, hasta ahora el derecho del cambio climático viene siendo desarrollado más desde los litigios climáticos que desde la aplicación de las normas internacionales y nacionales. Por ejemplo, el emblemático Caso Ugenda, juzgado en 2019, ha obligado los Países Bajos a reducir un 25% de las emisiones de gases de dióxido de carbono respecto de los niveles de 1990.

Según el Sabin Center for Climate Change Law, exceptuando los Estados Unidos, hay actualmente 598 litigios climáticos en el mundo. Los cuales se presentan como una refinada estrategia, en el campo de las instituciones, para avanzar en la protección del derecho a un medio ambiente equilibrado ejerciendo presión en el seno de la gobernanza multinivel.

El derecho es tan solo una de las herramientas para enfrentar la emergencia climática. Es preciso insertarlo dentro del pensamiento complejo que se está elaborando para frenar los efectos de la tragedia que se nos avecina: “(…) es evidente que las cosas están cambiando rápidamente y no en beneficio de la vida humana tal como la conocimos. No tenemos la más mínima idea de lo que hacer. El Antropoceno es el Apocalipsis en sentido etimológico y escatológico” [3].

Notas:

[1] CHOMSKY, N.; POLLIN, R, Crise climática e o Green New Deal global: a economia política para salvar o planeta, 1ª edición, Roça Nova, Rio de Janeiro, 2020.

[2] LATOUR, B. Onde aterrar? Como se orientar politicamente no antropoceno, 1º edición, Bazar do Tempo, Rio de Janeiro, 2020.

[3] DANOWSKY, D.; DE CASTRO, E. V. Há mundo por vir? Ensaio sobre os medos e os fins. Cultura e Barbárie, Florianópolis, Instituto Socioambiental, São Paulo, 2014, p. 35.

[Márcia Rodrigues Bertoldi es investigadora María Zambrano (Universitat de Barcelona 2022-2024) y profesora de la Universidad Federal de Pelotas (Brasil)]

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2022

Mas no por ello ignoramos
que también el odio contra la vileza
desencaja al rostro,
que también la cólera contra la injusticia
enronquece la voz. Sí, nosotros,
que queríamos preparar el terreno a la amistad
no pudimos ser amistosos.

Bertolt Brecht
An die Nachgeborenen («A los por nacer»), 1939

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